Comisión Primera o del Plan de Asuntos Administrativos
Según el Acuerdo 059 de 2006, Reglamento Interno del Concejo Municipal, esta instancia es la encargada de hacer el estudio y dar el primer debate de los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económica y social. Especialmente:
1.-Del plan de Desarrollo Municipal conforme disposiciones de la Ley Orgánica de Planeación. Además, deberá vigilar la ejecución del plan de Desarrollo Económico Social del Municipio, señalar las medidas necesarias para impulsar su adecuado cumplimiento para la supervisión que ha de prestar la comisión del Plan en materia de preparación de los planes locales de desarrollo.
2.-De las Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades de Economía Mixta, Fondos Rota torios. Establecimientos Públicos sobre desarrollo comunitario.
3.-Además será organismo de consulta para el Gobierno Municipal, Una vez por mes podrá citar a las Juntas Directivas y Representantes legales de los establecimientos Descentralizados del Orden Municipal para oírlos sobre la marcha de estos organismos y sobre las determinaciones que hayan tornado en circunstancias especiales, para poder hacer las respectivas recomendaciones y sus debidas correcciones.
Entre otras acciones contempladas en el Reglamento interno del Concejo Municipal.