Concejo de Barrancabermeja

Sistema de Atención al Ciudadano

Solicitud de Certificación para Contratistas:

DESCRIPCIÓN: Dícese de un certificado que puede ser solicitado por cualquier persona que haya trabajado o trabaje en el CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCABERMEJA como prestador de servicio, empleado de carrera, provisionalidad, libre nombramiento y remoción, supernumerario, o que haya realizado algún tipo de contrato con la entidad en sí.

NORMATIVIDAD: Según el numeral 34 del artículo 34 de la ley 734 de 2002, son deberes  de todo servidor público “recibir, tramitar y resolver las quejas  y denuncias que presenten los ciudadanos en ejercicio de vigilancia de la función administrativa del estado”.

COMPONENTES BÁSICOS DE UN BUEN SERVICIO: Dichos componentes se encuentran totalmente orientados a prestar un servicio de CALIDAD; dichos componentes son. Seguridad, Credibilidad, Comunicación, Comprensión del usuario, Accesibilidad, Cortesía, Profesionalismo, Trabajo en equipo, Fiabilidad, Capacidad de respuesta, Debida infraestructura y mobiliaria.

RECEPCIÓN: La recepción está a cargo de la Secretaría General, sí en desarrollo de esta actividad la solicitud no compete al CONCEJO DISTRTITAL DE BARRANCABERMEJA se le informara de inmediato al peticionario indicándole el ente correspondiente al cual debe dirigir su requerimiento, sí dado el caso el peticionario insiste en radicarla en la secretaría del CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCABERMEJA dicha petición será admitida y este se encargará de remitirla al ente correspondiente.

IMPORTANTE:

NOTA: Se debe incluir en el Resumen de asuntos: el Numero de cédula, Numero del contrato y el año del contrato para la elaboración de su Certificado, estos datos los puede consultar en

SECOP I:

https://www.contratos.gov.co/consultas/inicioConsulta.do

SECOP II: https://community.secop.gov.co/Public/Tendering/ContractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE

COSTO: El tramite de una certificación se puede realizar por cualquier persona sin la necesidad de representación alguna a través de abogado, o de persona mayor cuando se trate de menores en relación a las entidades dedicadas a su protección o formación.

TIEMPO DE RESPUESTA: Según la ley 1755 de 2005, de la constitución política el plazo general para contestar una petición se da dentro de los 15 días hábiles después de su radicación.

MEDIOS ELECTRÓNICOS: El CONCEJO DISTRTITAL DE BARRANCABERMEJA cuenta con el Correo institucional asignado para este tramite: pqrsd@concejobarrancabermeja.gov.co, para que de manera virtual los usuarios puedan realizar el tramite de su certificación.

TRAMITE: De manera virtual a través del Correo institucional:

pqrsd@concejobarrancabermeja.gov.co

 

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