Comisión Tercera







DE OBRAS PÚBLICAS, SALUD, FAMILIA, ASUNTOS AMBIENTALES Y DERECHOS HUMANOS
Concejo Distrital
Comisión Tercera
Art. 97° modificado por el Acuerdo 004 de 2009 en el artículo 5°:
COMISIÓN TERCERA O DE OBRAS PÚBLICAS, SALUD, FAMILIA, ASUNTOS
AMBIENTALES Y DERECHOS HUMANOS:
Su función básica es surtir el primer debate a los Proyectos de Acuerdo, y tendrá como funciones primordiales las siguientes:
1. Planes y programas de adquisición de maquinaria y equipos, inmuebles, urbanos y rurales.
2. Programación sobre obras Públicas Vías urbanas y rurales, telecomunicaciones y servicio público.
3. Determinará las áreas urbanas y suburbanas de la Cabecera Municipal y demás centros poblados de importancia, fijando el respectivo perímetro urbano.
4. Determinará la nomenclatura de las vías públicas y de los predios y domicilios.
5. Lo relacionado con la enajenación y la destinación de los bienes municipales, para lo cual se tendrá en cuenta el concepto previo favorable de Planeación Municipal y de la intervención del Personero Municipal.
6. Todo lo determinado sobre el uso del suelo.
7. Planificar el desarrollo social, educativo, en salud, cultura y ambienta del municipio.
8. Planificar y establecer programas a favor de las necesidades insatisfechas de educación, salud, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, recreación y deporte con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados.
9. Conocer de los Proyectos de Acuerdo referentes a las Comisarias de Familia y apoyo decidido a estos problemas.
10. Conocer los Proyectos de Acuerdo que hacen relación a la defensa de le derechos humanos y ordenar los estudios y cursos correspondientes conocimiento de la Ley por los funcionarios y ciudadanos en general, a fin de crear la infraestructura educativa y concientización sobre los derechos fundamentales del hombre.
11. Conocer del informe anual a que esté obligada el Personero Municipal y Ordenar el cumplimiento de las medidas pertinentes recomendadas por este funcionar sobre derechos humanos y garantías individuales.